Listado positivo de mascotas: lo que el borrador dice de verdad sobre reptiles y aves
El borrador del Real Decreto sobre el listado positivo genera incertidumbre en propietarios de NAC. Aclaramos qué está en vigor, qué son aún criterios de exclusión propuestos, y qué debes hacer si tienes gecko, periquito o serpiente.
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El borrador del Real Decreto sobre el listado positivo de animales de compañía ya tiene efectos concretos en España, aunque todavía no ha entrado en vigor ninguna prohibición nueva. Según informaba Libertad Digital el 2 de junio, las tiendas especializadas en NAC y reptiles detectan una caída en las ventas de ciertas especies: los clientes dudan si comprar cuando no saben si dentro de unos meses podrán seguir teniendo al animal. Esa incertidumbre tiene nombre y apellidos en el texto ministerial aún sin firmar.
El borrador regula el procedimiento, no las especies concretas
Este punto es fundamental para no alarmar de más ni de menos. Lo que el Ministerio de Derechos Sociales sometió a información pública entre el 17 de abril y el 8 de mayo no es la lista de animales permitidos; es la norma que establece cómo se elaborarán esas listas en el futuro. Algo así como las reglas del juego antes de empezar la partida.
El calendario que plantea el borrador es escalonado: primero se publicaría el listado de mamíferos y bastante después el de reptiles, aves, anfibios y peces, que es el que afecta a la mayoría de lectores de esta casa. Las cifras concretas de meses que circulan en prensa no aparecen ni en la nota del ministerio ni en las coberturas que hemos podido contrastar, así que no las damos por buenas. Lo que sí está claro es que las listas las elaborará un comité científico-técnico y que no llegarán de un día para otro. Tiempo hay, pero conviene no relajarse.
Lo que sí anticipa el borrador son los criterios de exclusión que se aplicarán al elaborar esas listas. Reptiles que superen los 2 kg en edad adulta quedan en el punto de mira, salvo que se justifique un régimen especial. Las serpientes que se alimentan de vertebrados, también. Y las especies incluidas en el catálogo de invasoras, entre las que figura el periquito (Melopsittacus undulatus), tienen un camino complicado hacia la aprobación. La patronal sectorial AEDPAC ha sido taxativa: “hasta hoy, no existe ningún listado positivo aprobado ni nuevas prohibiciones en vigor”.
Si ya tienes uno de esos animales, no tienes que entregarlo
Este es el segundo malentendido más extendido. Ni la Ley 7/2023 ni el borrador plantean una retirada general de mascotas adquiridas legalmente. El régimen transitorio previsto permite mantener al animal durante toda su vida, siempre que puedas acreditar la adquisición lícita y, cuando tu comunidad autónoma lo exija, tenerlo registrado. El matiz que conviene no perder: eso vale mientras se garantice el bienestar del animal, porque si no puede garantizarse sí existe la posibilidad de retirarlo.
Lo que sí cambia es el futuro: no podrás criar ni vender ejemplares de esa especie si queda fuera del listado definitivo. El objetivo de la norma es que las especies no autorizadas vayan desapareciendo de forma gradual y natural, sin que nadie se vea obligado a sacrificar ni a abandonar a su animal.
Si tu tortuga griega, tu diamante de Gould o tu corn snake ya tiene ficha en el veterinario y consta en el registro autonómico, estás bien posicionado ante cualquier inspección futura. Si no la tiene, este es un buen momento para regularizar la situación antes de que el decreto se apruebe. Puedes consultar cómo tramitar el registro de animales exóticos o solicitar la documentación CITES correspondiente en tramites.pro.
Qué puedes hacer esta semana
Revisa si tu especie aparece en el catálogo de invasoras del BOE (Real Decreto 630/2013 y sus actualizaciones posteriores). Consulta con tu veterinario si el animal está correctamente identificado con microchip cuando la normativa autonómica lo exige. Y sigue las actualizaciones del Ministerio de Derechos Sociales: el borrador todavía puede cambiar bastante antes de llegar al Consejo de Estado y al BOE definitivo. El periodo de consulta pública cerró en mayo, pero las alegaciones del sector, los colectivos de propietarios y las organizaciones conservacionistas ya están sobre la mesa.
Fuentes
- Ministerio de Derechos Sociales - Consulta pública del proyecto de Real Decreto
- Libertad Digital - La incertidumbre ya afecta a las ventas (2 jun. 2026)
- Newtral - El decreto sobre el listado positivo de animales de compañía (24 abr. 2026)
- Infobae - Las asociaciones llaman a la calma con el nuevo listado (30 abr. 2026)
- SEO/BirdLife - Listado Positivo de animales de compañía
Por Equipo ExoticNova